Sanciones por incumplimiento de la Resolución 22-13 refuerzan regulación del mercado de combustibles.

by adminsec

Sanciones por incumplimiento de la Resolución 22-13 refuerzan regulación del mercado de combustibles.

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La aplicación de las sanciones establecidas en la Resolución 22-13, del Ministerio de Industria y Comercio (MIC), para aquellas distribuidoras y transportistas que despachan combustibles en violación de los contratos de exclusividad pactados con las empresas distribuidoras, es un paso importante para evitar los efectos negativos de esta práctica, que representa una franca violación de la Ley 20-00 de Propiedad Industrial y que además resulta en perjuicio de los consumidores.

La acción del Ministerio de Industria y Comercio de poner en ejecución la Res. 22-13 es un importante paso de avance para la regularización del mercado, y garantizar el respeto a las marcas.

Las distribuidoras y transportistas que despachan combustible a estaciones de expendio que no son de sus marcas cometen una violación, pues la estación de cara al cliente continúa exhibiendo la identidad comercial de una distribuidora determinada y entrega al consumidor un combustible de dudosa proveniencia y calidad. Este tipo de acciones ilegales son un atentando contra la reputación de la marca y atropellan irresponsablemente el derecho de los consumidores de adquirir el combustible de la marca de su preferencia y recibir el producto por el que pagan.

Según las estadísticas de las empresas miembros de la SEC, el impacto fiscal que tiene la práctica desleal en la comercialización de combustibles supera los tres millones de galones mensuales, lo que representa pérdidas de más de RD$2,000 millones todos los años al Estado dominicano (cifras estimadas).

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